LA RADIO

 

Escuelas sin fronteras

Actualizado a 12-12-2005
ESTATUTOS DEL RADIO CLUB ESCOLAR

ESTATUTOS DEL RADIO-CLUB ESCOLAR:
"SAN PEDRO Y SAN FELICES" "BURGOS"

CAPITULO I
DENOMINACION Y DOMICILIO

Articulo 1.- La Asociación Juvenil tiene la denominación: Radio-club Escolar: "San Pedro y San Felices""Burgos" integrada alumnos de 5º y 6º Primaria, Secundaria y Bachillerato del Colegio San Pedro y San Felices. Las edades de estos alumnos está comprendida entre los 14 a los 18 años.
El Radio-club Escolar, también está integrado por antiguos alumnos del Radio-club Escolar: "San Pedro y San Felices" y jóvenes universitarios de Burgos cuyas edades estén comprendidas entre los 18 a los 30 años sin cumplir.
La Asociación está coordinada y dirigida por D. Fortunato López Rodrigo, Director-General en calidad de Presidente-Fundador del Radio-club Escolar, profesor-radioaficionado del Centro y Presidente-fundador de la Asociación Española de Radio-clubes Escolares (A.E.R.C.E.).

Artículo 2.- Es de exclusiva competencia del Presidente-Fundador del Radio-club Escolar la entrada a formar parte de la Asociación. La permanencia de socio en el Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices finaliza al concluir los estudios en el Centro. Y la permanencia de socio en el Radio-club Escolar: Burgos al cumplir 30 años y los requisitos de ser socio.

Artículo 3.- El Radio-club Escolar tiene su domicilio principal en el Colegio que lleva su nombre. C/ Santa Ana 10. Burgos y su sede en la plaza Braille (Mercado de Abastos G-9). Burgos.
El Radio-club Escolar tiene licencia de estación de Radioaficionado con el indicativo EAIRCE. Pudiendo hacerse uso, según ley, del indicativo en cualquiera de las dos sedes indistintamente que el Radio-club Escolar tiene.
En la sede del Radio-club Escolar:"Burgos" en la plaza Braille (Mercado de abastos del G-9) se asienta la Asociación Española de Radio-clubes Escolares (A.E.R.C.E.) legalmente registrada a la que pertenece el Radio-club Escolar.

CAPITULO II
FINES DE LA ASOCIACION.

Articulo 4.- El Radio-club Escolar es una Asociación Cultural no lucrativa que tiene los siguientes fines:
a) Fomentar la radioescucha y la radió afición en todas sus modalidades como actividades escolares y de tiempo libre e investigación.
b) Cumplir las normas del Código del Radioaficionado-juvenil que tendrán que estar expuestas en las sedes de todos los Radio clubes Escolares.
c) El Radio-club Escolar es una ONG que pretende fomentar la tolerancia, solidaridad y el bien común entre todos los jóvenes del mundo a través de las Telecomunicaciones.
d) Este Radio-club Escolar está abierto al intercambio y colaboración con otras Asociaciones, como la URE, por ejemplo.
e) Cumplir y hacer cumplir a sus asociados la normativa vigente en materia de radiocomunicaciones (BB.OO.E. nros.119 y 157 de 19 de Mayo y ss.) y en particular, por el Reglamento de Estaciones de Aficionado (B.O.E. nº 92, de 17 de Abril) y la Resolución de la Dirección General de Telecomunicaciones de 13 de Febrero de 1987 por la que se aprueban las instituciones para la aplicación del Reglamento de Estaciones de Aficionado (B.O.E. nº 46 de 23 de Abril).

CAPITULO III
DE LOS SOCIOS. CLASES Y ADMISION.

Artículo 5.- Los alumnos y jóvenes del Radio-club Escolar se integran en las siguientes categorías de socios:
a) Fundadores: Gozan de esta distinción los alumnos que junto con el Presidente del Radio-club Escolar firman el acta fundacional.
b) Numerarios: Los alumnos de Primaria, Secundaria y Bachillerato que habiendo sido admitidos al Radio-club Escolar:"San Pedro y San Felices", satisfagan la cuota correspondiente y antiguos alumnos del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices y jóvenes universitarios de Burgos qué integren el Radio-club Escolar: Burgos y paguen las cuotas asignadas de socios.
c) Presidente de Honor: D. Fortunato López Rodrigo (EA1BVD) como Fundador de los Radio-club Escolares en España.
d) Socios de Honor: Personas naturales o jurídicas que hayan prestado o presten servicios extraordinarios o brillantes.
e) Profesores-colaboradores: Todos aquellos que imparten materias a los alumnos o jóvenes del Radio-club Escolar.
f) Colaboradores: Personas naturales o jurídicas que se distinguen por su colaboración con el Radio-club Escolar.
g) Simpatizantes: Todos los alumnos del Centro y jóvenes de Burgos que sientan interés por las Comunicaciones.

CAPITULO IV
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.

Articulo 7.
a) Todos los alumnos del Radio-club Escolar tendrán derechos a disfrutar de todas las ventajas, servicios y beneficios de la Asociación que ésta pueda proporcionar y obtener.
b) La participación en las actividades de la Asociación en cumplimiento de sus fines.
c) Participar con voz y voto en las Juntas Generales.
d) Ser electores y elegibles para cargos a la Junta Asesora.
e) Hacer sugerencias a la Junta Asesora en orden al mejor cumplimiento de los fines de ésta.


Artículo 8.- Son obligaciones de los socios:
a) Contribuir con el comportamiento al buen nombre y prestigio del Radio-club Escolar.
b) Cumplir los mandatos de este Estatuto y las normas de gobierno en el Radio-club Escolar.
c) Satisfacer la cuota de socio fijada en la Junta General, previa propuesta de la Junta Asesora.
d) Asistir a las actividades que desarrolle el Radio-club Escolar.


Articulo 9.- Se pierde el carácter de socio:
a) Por voluntad expresa del interesado manifestada por escrito y firmada por sus padres y entregado en la sede del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices.
Los socios del Radio-club Escolar: Burgos, sólo con la firma del interesado por ser mayores de edad, y entregada en la sede.
b) Por falta de pago de la cuota asignada.
c) Por incumplimiento del Estatuto.

CAPITULO V
COMPOSICION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO.

Articulo 10.- El Director-General del Radio-club Escolar, en calidad de Presidente, llevará la coordinación de las dos Sedes. Tendrá que ser un profesor-radioaficionado con indicativo EA.
Se coordinará con los directores de cada sede del Radio-club Escolar y pertenecerá a la Junta de la A.E.R.C.E.

Artículo 11.- El Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices contará con los siguientes órganos de gobierno:
a) El Director del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices.
b) Un Subdirector del Radio-club Escolar: S.P.y S.F. Tiene que ser profesor-radioaficionado lo mismo que el Director. Su misión suplir al Director.
c) La Junta Asesora.
d) La Junta General.

Artículo 12.- La Junta Asesora tiene la misión de colaborar y orientar al Director del Radio-club Escolar: S.P.y S.F.
La Junta Asesora la integran:
a) El Director-General del Radio-club Escolar en calidad de Presidente.
b) El Director del Radio-club Escolar: S.P.y S.F.
c) El Subdirector del Radio-club Escolar: S.P.y S.F.
d) Los socios-numerarios de 1º de Bachillerato del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices, en calidad de Secretario, Tesorero y Vocales.
e) Todos los profesores-colaboradores del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices.
f) Un representante de los padres de los socios-numerarios del Radio-club Escolar: S.P.y S.F.
Los miembros de la Junta Asesora llevarán: Libros de Actas, de Socios, Contabilidad e Inventariado.

Artículo 13.- La Junta General se reunirá de forma ordinaria y como norma durante el mes de octubre de cada curso, siendo potestad de su convocatoria el Director del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices en coordinación con el Presidente del R.C.E. También la Junta General se puede convocar de forma extraordinaria cuando la Junta Asesora lo estime necesario por necesidad de urgencia.
El orden del día de la reunión del mes de Octubre será: Memoria del curso pasado, cuota de socios, objetivos para el curso nuevo horarios, excursiones, etc. A esta Junta General tendrán que asistir los padres de los alumnos-socios.

Artículo 14.- El Radio-club Escolar: Burgos contará con los siguientes órganos de gobierno:
a) El Director del Radio-club Escolar: Burgos
b) Un Subdirector del Radio-club Escolar: Burgos
Tiene que ser radioaficionado-juvenil con Licencia. Su misión es suplir al Director del Radio-club Escolar: Burgos
c) La Junta Asesora. d) La Junta General.

Artículo 15.- La Junta Asesora tiene la misión de colaborar orientar al Director del Radio-club Escolar: Burgos.
La Junta Asesora la integran:
a) El Director-General del Radio-club Escolar en calidad de Presidente.
b) El Director del Radio-club Escolar: Burgos
c) El Subdirector del Radio-club Escolar: Burgos
d) Un representante de los socios-numerarios universitarios del Radio-club Escolar: Burgos.
e) Un profesor-colaborador del Radio-club Escolar: Burgos.
f) El Presidente URE-Burgos y el Presidente de AJUSCO.
Los miembros de la Junta Asesora llevarán: Libro de Actas, de Socios, Contabilidad e Inventario.

Artículo 16.- La Junta General se reunirá de forma ordinaria durante el mes de Octubre de cada curso, siendo potestad de su convocatoria el Director del Radio-club Escolar: Burgos, en coordinación con el Presidente del Radio-club Escolar.
También la Junta General se puede convocar de forma extraordinaria cuando la Junta Asesora lo estime necesario por necesidad de urgencia.
Integran la Junta General todos los socios-numerarios del Radioclub Escolar: Burgos, con voz y voto.

Artículo 17.- El Radio-club Escolar es una Asociación Juvenil según Real Decreto 393/1.988 de 22 de Abril por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles.
CAPITULO VI
REGIMEN ECONOMICO. FINANCIACION.

Artículo 18.- El ejercicio económico, paralelo al de actividades del Radio-club Escolar comienza durante el mes de Octubre y concluye el 13 de Mayo con la festividad de la Patrona del Radioclub Escolar, la Virgen de Fátima, que también lo es de la AERCE.

Artículo 19.- En el mes de octubre de cada año se aprobará en Junta General el presupuesto anual y se fijará la cuota de socio para hacer frente al presupuesto.
El Director-General del Radio-club Escolar en calidad de Presidente, junto a los Directores y Subdirectores de cada Sede del Radio-club Escolar, harán el estudio de inversiones en cada una de las Sedes del Radio-club Escolar. Las cuotas de los socios de cada una de las Sedes se invertirá íntegramente en la sede respectiva. Nunca se podrá transferir esas cuotas a la otra sede. En cambio con las subvenciones si se podrá hacer para nivelar el gasto.

Artículo 20.- El Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices se financiará a través de:
a) Cuota de Socios.
b) Subvenciones y donaciones.
Articulo 21.- El Radio-club Escolar. Burgos se financiar a través de:
a) Cuota de Socios.
b) Subvención del Ayuntamiento.
c) Subvenciones y donaciones.

Articulo 22.- La Asociación Española de Radio-clubes Escolares (A.E.R.C.E.) está financiada por:
a) Cuota de los Radio-club Escolares. b) Subvenciones nacionales y europeas.
c) Donaciones.

CAPITULO VII
DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Articulo 23.- Forman el patrimonio del Radio-club Escolar:
a) Los bienes reflejados en el inventario.
b) Los ingresos por las cuotas de sus miembros.
c) Las donaciones, legados, subvenciones que se hagan a su favor. d) Los productos de sus propios bienes o inversiones.
e) No es patrimonio del Radio-club Escolar, el Proyecto Pedagógico: "Escuelas sin Fronteras" que tiene su propiedad intelectual en el autor del mismo. '

Articulo 24.- Las sedes del Radio-club Escolar no pertenecen al Radio-club Escolar, una pertenece al Colegio San Pedro y San Felices y la otra al Ayuntamiento de Burgos.

Artículo 25.- En el caso de acordarse la disolución del Radio. club Escolar de una de las sedes, se procederá a llevar todo el inmobiliario a la otra sede. En el caso de disolverse las dos sedes, todo el patrimonio se entregará a una organización benéfica de Burgos, como último recurso.

CAPITULO VIII
MODIFICACION DE ESTATUTOS

Articulo 26.- La modificación de los presentes Estatutos deberá ser acordada en Asamblea General Extraordinaria convocada a tal efecto.

CAPITULO IX CONCLUSIONES. ASESORAMIENTO TECNICO DE OTRAS ASOCIACIONES AFINES E INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS.

Articulo 27.- La Asociación URE-Burgos y AJUSCO son Asociaciones afines a la nuestra y pueden colaborar con el Radio-club Escolar en el asesoramiento técnico para un mejor desarrollo de las comunicaciones y de la radio afición en general.
Así mismo el Ministerio de Educación y Ciencia a través de los Centros de Profesores, podemos colaborar para desarrollar cursos en NN.TT. de Comunicaciones para profesores, financiados por dicho Ministerio y así poder ampliar estos ' Radio-club Escolares en otros Centros de la geografía de España.
Ya tenemos Instituciones públicas y Privadas que colaborar con el Proyecto de estos Radio-club Escolares.
La COPE es otra Institución que colabora con este Proyecto, lo mismo que la Prensa Local de Burgos.

Articulo 28.- A través del Radio-club Escolar se desarrolla el Proyecto Pedagógico: "Escuelas sin Fronteras" del que es autor D. Fortunato López Rodrigo y que está inscrito en el registro de la propiedad intelectual de Madrid con el número 2332 con fecha 7 de Abril de 1992 a la hora 13:31 , y que el Radio-club Escolar no tiene ningún derecho a esa propiedad intelectual, aunque el autor sea el fundador en España de los Radio-club Escolares.

Articulo 29.- El Radio-club Escolar desarrolla la Radio-escolar F.M. La estación se llama CADENA ESCOLAR con el nombre de cada una de sus Sedes. Emite en 107.5 Mhz.
Articulo 30.- Los padres de los socios-numerarios del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices, junto al Director, Subdirector, profesores-colaboradores del Radio-club Escolar y el Presidente-fundador del Radio-club Escolar forman la Junta de Solidaridad. Su finalidad, desarrollar los fines de esta ONG y promover actividades culturales, etc.
Se hace constar que los Estatutos recogen todas las modificaciones aprobadas en la Asamblea General Extraordinaria celebrada al efecto en la Sede del Radio-club Escolar: San Pedro y San Felices en Burgos a 21 de Noviembre de 1996.